Guardería y Cementerio
Guardería Municipal: Bajas
Lugar: Registro General del Ayuntamiento.
Documentación: Instancia general.
Descripción: Alumnos matriculados en la Escuela Infantil, cuyos padres deseen darles de baja por cualquier motivo.
Guardería Municipal: Altas
Lugar: En las Guarderías o en el Rgtro. General del Ayto.
Documentación: – Solicitud según documento anexo – Fotocopia Impuesto sobre la Renta.
Descripción: Aquellos padres que quieran matricular a sus hijos en la Escuela Infantil San Francisco de Caravaca o la Escuela Infantil Nueva Esperanza de Archivel deberán hacerlo dirigiéndose a dichas escuelas o directamente en el Ayuntamiento.
Cementerio Municipal: Exhumaciones y Traslados
Lugar: Departamento de Gestión Tributaria del Ayto
Documentación: 1. Traslado dentro del mismo Cementerio: – Autorización de traslado de restos expedido por el Jefe Local de Sanidad de Caravaca de la Cruz. – Justificante del ingreso en Tesorería de la tasa correspondiente. 2. Traslado fuera de este Cementerio: – Autorización de traslado de restos expedido por la Consejería de Sanidad y Consumo de la Región de Murcia. – Certificado de defunción. – Justificante del ingreso en Tesorería de la tasa correspondiente.
Descripción: Exhumaciones y Traslados de Restos a otro nicho o panteón dentro de éste u otro cementerio.
Observaciones: Quedan prohibidas las exhumaciones de cadáveres, salvo orden de la autoridad judicial, durante los meses de junio, julio, agosto y septiembre, tanto para su reinhumación en el mismo cementerio como fuera de él. No se autorizará el traslado de restos cadavéricos hasta que no transcurran cinco años desde la fecha de defunción. Debe conocerse el lugar exacto de enterramiento, (bien sea nicho, módulo o galería, número y fila, o número del panteón familiar) para facilitar su busqueda en los libros del cementerio. El importe de la tasa está regulado en las Ordenanzas Municipales.
Cementerio Municipal: Enterramientos/Inhumaciones
Lugar: Departamento de Gestión Tributaria del Ayto
Documentación: – Licencia para dar sepultura expedida por el Registro Civil. – En caso de ser de fuera del municipio, la correspondiente autorización de traslado de cadáver. – Justificante del ingreso en tesorería de la tasa correspondiente.
Descripción: Licencia para dar enterramiento en el Cementerio Municipal.
Observaciones: Debe conocerse el lugar exacto del enterramiento, (bien sea nicho, módulo o galería, número y fila, o número del panteón familiar) para facilitar su busqueda en los libros del cementerio. El importe de la tasa está regulado en las Ordenanzas Municipales.
Cementerio Municipal: Compraventa parcelas/nichos
Lugar: Registro General del Ayuntamiento
Documentación: 1. Compraventa o transmisión entre terceros: – Solicitud por escrito en el registro. – Fotocopia del DNI. – Fotocopia del contrato privado entre los titulares que intervienen en la compraventa, si lo hubiera. 2. Compraventa directamente al Ayuntamiento: – Solicitud por escrito en el registro.
Descripción: Transmisión de parcelas y nichos e inscripción de los nuevos titulares en el libro del cementerio. Compraventa de parcelas o nichos directamente al Ayuntamiento.
Observaciones: En la solicitud deberá indicarse el número de nicho, módulo o galería, o número del panteón familiar a transferir, para facilitar su busqueda en los libros del cementerio y poder inscribir su cambio de titularidad previo pago de la tasa de inscripción. El importe de la tasa está regulado en las Ordenanzas Municipales